La presentación de alegaciones y otros escritos se hará en la Secretaría del tribunal. Sin embargo, el juez o jueza puede permitir que los escritos se le entreguen a él o ella, debiendo anotar en los escritos la fecha en que le fueron entregados e inmediatamente los remitirá a la Secretaría.

Una vez presentado en la Secretaría, nada impide que una parte, a través de su abogado o abogada también notifique copia del escrito al juez o jueza, en aquellos casos en que el escrito amerite o requiera una atención inmediata. Tal copia adicional se notificará al juez o jueza mediante su entrega a cualquier persona autorizada a recibirla en su despacho, por fax o por la vía electrónica, y en ésta se hará constar que la otra parte ha sido previamente advertida de la notificación de tal copia adicional al juez o jueza. En tal caso, la notificación del escrito a la otra parte se hará en la fecha y en la forma en que se le notificó al juez o jueza.