Toda solicitud de prórroga deberá acreditar la existencia de justa causa con explicaciones concretas debidamente fundamentadas.  Cualquier solicitud de prórroga deberá presentarse antes de expirar el plazo cuya prórroga se solicita y hacerse conforme lo establece la Regla 68.2.  El término de la prórroga comenzará a transcurrir al día siguiente del vencimiento del plazo cuya prórroga se solicita.