Cuando una persona fallece en Puerto Rico muere con uno de los siguientes dos status: testado o intestado. Si fallece habiendo testado, significa que dejó un testamento que se presume válido y por tanto no hay que preparar una Declaratoria de Herederos. Por otro lado, si la persona fallece sin haber dejado testamento, se dice que falleció intestado y entonces habría que preparar una Petición Sobre Declaratoria de Herederos.
Para preparar una Declaratoria de Herederos es necesario, además de conocer a cabalidad la ley, una serie de documentos oficiales que expide el Gobierno de Puerto Rico. También será necesario acompañar los documentos con unos sellos para gastos por concepto de radicación.
Si necesita realizar una Declaratoria de Herederos puede comunicarse con nosotros a su conveniencia llamando al 787-590-1850 para calendarizar una cita de orientación legal sobre herencias en Puerto Rico. La cita es necesaria, toda vez que la orientación toma tiempo pues no hay dos casos iguales y es necesario realizar la orientación de forma personalizada. Durante la cita se le harán múltiples preguntas para realizar un análisis legal personalizado.