Si una parte demandante que ha desistido una vez de un pleito comienza otro basado en o que incluya la misma reclamación contra la misma parte demandada, el tribunal podrá dictar la orden que estime conveniente para el pago de las costas u honorarios de abogado del pleito desistido y podrá suspender los procedimientos en el nuevo pleito hasta tanto la parte demandante haya cumplido con dicha orden.