REGLA 103. APLICABILIDAD DE LAS REGLAS
(A) Aplicabilidad al Tribunal General de Justicia
(1) Tribunal de Primera Instancia
Las Reglas aplican en las Salas del Tribunal de Primera Instancia.
(2) Tribunal Supremo y Tribunal de Apelaciones
Las Reglas aplican en los procedimientos ante el Tribunal Supremo y el Tribunal de Apelaciones, con arreglo a los límites establecidos en sus respectivos Reglamentos.
(B) Casos civiles y penales
Las Reglas aplican en todos los casos civiles y penales, excepto en casos de desacato sumario.
(C) Privilegios y conocimiento judicial
Las reglas de privilegios y conocimiento judicial aplican en todas las etapas de los procedimientos, acciones, y casos civiles y penales.
(D) Las Reglas no aplican en:
(1) las determinaciones preliminares a la admisibilidad de prueba, de conformidad con la Regla 109(A);
(2) los procedimientos interlocutorios o post sentencia, entre otros:
(a) procedimientos relacionados con la determinación de causa probable para arrestar o acusar (vista preliminar) o expedir orden de registro y allanamiento;
(b) fase de la sentencia en el procedimiento penal;
(c) procedimientos relacionados con la imposición de fianza o condiciones en los procedimientos penales;
(d) vistas de revocación de libertad a prueba o condicionada;
(e) procedimientos relacionados con entredichos provisionales e interdictos preliminares, y
(3) los procedimientos ex parte.
(E) Procedimientos bajo Leyes Especiales
Las Reglas aplican en procedimientos establecidos por leyes especiales, salvo que expresamente se disponga lo contrario o sean incompatibles con la naturaleza del procedimiento especial contemplado en la ley.